Las órdenes de compraventa de valores pueden ser:
- De mercado. Se introducen al sistema sin precio límite y las órdenes se realizan al precio que marque el mercado.
- Limitadas. Se introduce un precio límite.
- Por lo mejor. Mismo tratamiento que el de órdenes de mercado, pero con la peculiaridad de que, si la orden se realiza parcialmente, las acciones aún por negociar quedan limitadas por el cambio de la primera realización.
- Condicionada (Stop Loss – Stop Profit). El envío de la orden al mercado se supedita a que se cumpla una condición en el precio, establecida por el cliente. Una vez la condición se ha activado, su comportamiento será según la modalidad que se haya determinado: de mercado, limitado o por lo mejor.
La operativa de Renta variable internacional solo admite órdenes de mercado o limitadas.
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